Ramiro es del interior de la provincia y como es estudiante de Derecho alquila un departamento en la Capital. En el mes de julio se le descompuso el calefón, y en pleno invierno el agua caliente es una necesidad, por ello Ramiro comunicó el inconveniente a su locador, Sr. Héctor Chávez, para que realice las reparaciones correspondientes. Con el transcurrir de los días, al no obtener respuesta, Ramiro llamó a un plomero/electricista quien reparo el calefón y cobró por el trabajo realizado la suma de $ 400.
El alquiler de Ramiro asciende a la suma de $2.200 mensuales. En el mes de agosto, Ramiro comunica al Sr. Chávez que sólo abonará $1.880, teniendo en cuenta el gasto realizado en el arreglo del calefón. Este último manifiesta que no recibirá el pago de la cuota si no está completa, y que si persiste en tal actitud rescindirá el contrato.
-Consigna: Redacte el texto de la Carta Documento enviada por Ramiro al Sr. Chávez.
*Aclaración: cada alumno deberá transcribir el texto realizado en clase, a un formulario de C.D., el cual puede obtenerse en cualquier sucursal del Correo Argentino.
*Ayuda: Contratos de Locación – Obligaciones del Locador. Art. 1201, Código Civil. “El locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido y efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro originado en su calidad o defecto, en su propia culpa, o en la de sus dependientes o en hechos de terceros o caso fortuito.
Si al efectuar la reparación o innovación se interrumpe o turba el uso y goce convenido, el locatario tiene derecho a que se reduzca el canon temporariamente en proporción a la gravedad de la turbación o, según las circunstancias, a resolver el contrato.
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